De acuerdo a las normas vigentes, los argentinos, los residentes en el país, los extranjeros y los residentes en los demás Estados Parte que ingresan al país para residir en forma permanente, podrán importar libre de grávamenes los siguientes bienes nuevos o usados:
a) Muebles y otros bienes de uso doméstico,
b) Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, que no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industrials o semejantes
Los argentinos y los residentes en el país podrán gozar de esta franquicia, después de haber permanecido en el exterior por un período superior a un (1) año, siempre que en el ultimo año no hubieren realizado viajes ocasionales al país que excedieren de sesenta (60) días.
Esta franquicia podrá ser utilizada una vez cada tres (3) años contados a partir de la fecha de libramiento.
Para ello, deberá acreditar fehacientemente su residencia de mas de un año en la jurisdicción de este Consulado General, mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Pasaporte Argentino y extranjero (de poseerlo) donde consten las entradas y salidas de la República Argentina. (Fotocopias de todas las hojas del/los pasaportes).
-No debe haber permanecido en la República Argentina más de 60 días (fraccionados o corridos) en los últimos 12 meses.-
- Fotocopias de la primera y segunda hoja del D.N.I y del cambio de domicilio hace mas de un año, si lo tuviese o en el caso de no poseerlo, presentar fotocopias de contrato de alquiler o título de propiedad y recibos de luz, teléfono u otros servicios públicos a nombre del solicitante de los últimos 12 meses. Excepcionalmente podrán considerarse recibos de otros servicios.
- Pasaje a la República Argentina o comprobante de ticket electrónico. La reserva de un pasaje o ticket aereo no es suficiente.
El arancel es de U$S 40.00 (Unicamente MONEY ORDER)
Demora del trámite 48 hs.
NO SE REQUIERE CITA PREVIA PARA REALIZAR ESTE TRAMITE.
Se recomienda hacerlo un mes antes de viajar.
Una vez acreditada su residencia en el exterior, este Consulado le extenderá un Certificado de Residencia para ser presentado ante la Administración Nacional de Aduanas de Argentina. La validez del Certificado será de 6 (seis) meses a partir de la fecha de expedición.
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