En caso de fallecimiento de un familiar en la circunscripción de este Consulado General, le recomendamos los siguientes cursos de acción:
1) Informar sobre el fallecimiento al Consulado General en Miami.
2) A los fines de disponer y eventualmente trasladar los restos de la persona fallecida, contratar los servicios de una empresa fúnebre local. Dicha Empresa debe conocer los trámites y la normativa acerca del transporte internacional de cadáveres.
3) A fin de concretar el traslado precisará el "certificado de defunción", " certificado de cremación " ó de " embalsamamiento " y el certificado de que el fallecimiento no se produjo por enfermedad infecto-contagiosa.
Estos tres certificados deberán estar " Apostillados " ante el Departamento de Estado de la Florida ( ver Legalizaciones ).
4) Se puede trasladar a la República Argentina el cuerpo de la persona fallecida o sus cenizas.
5) Usualmente las empresas funerarias se ocupan de la obtención de la documentación necesaria para el traslado del cuerpo ó cenizas del fallecido.
6) En caso de necesitar gestionar por cuenta propia el " certificado de defunción " contactarse con el OFFICE OF VITAL STATISTICS del FLORIDA DEPARTMENT OF HEALTH al tel. ( 904 ) 359-6900 ó por mail: vitalstats@doh.state.fl.us